Política de Cohesión y Desarrollo Regional de la UE
Comprenda cómo la política de cohesión de la UE reduce las disparidades regionales mediante fondos de gestión compartida, programas de base local, asociaciones y controles del rendimiento, incluidos los cambios adoptados en la revisión intermedia de 2025.
Política de cohesión
La política de cohesión es la principal política de inversión de base local de la UE. Apoya a todas las regiones, pero concentra los recursos donde las diferencias de desarrollo son mayores. La Comisión y los Estados miembros la ejecutan principalmente mediante gestión compartida.
- Estado de la política
- Actual
- Relevancia para el examen
- Alta
- Profundidad
- Esencial
Misión y competencia en virtud de los Tratados
El artículo 3 TUE establece la cohesión económica, social y territorial como objetivo de la Unión. Los artículos 174–178 TFUE persiguen un desarrollo armonioso y la reducción de las disparidades regionales, prestando atención a las zonas rurales, la transición industrial y las desventajas naturales o demográficas graves. Los Tratados prestan especial atención a las islas, las zonas transfronterizas, las regiones septentrionales escasamente pobladas y las regiones ultraperiféricas.
La cohesión es una competencia compartida con arreglo al artículo 4, apartado 2, letra c), del TFUE. La Unión fija objetivos y cofinancia programas; las autoridades nacionales y regionales ejecutan gran parte de las intervenciones. El Parlamento y el Consejo adoptan normalmente las normas de los fondos mediante el procedimiento legislativo ordinario, previa consulta a los comités consultivos.
Qué hace cada fondo
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional, o FEDER, apoya la transformación económica regional, la innovación, las pequeñas empresas, la digitalización, la transición hacia una economía hipocarbónica, la conectividad y el desarrollo urbano sostenible. El Fondo Social Europeo Plus, o FSE+, invierte principalmente en empleo, capacidades, inclusión social y aplicación del pilar europeo de derechos sociales. El Fondo de Cohesión financia inversiones medioambientales y de transporte transeuropeo en los Estados miembros admisibles cuya RNB por habitante sea inferior al 90% de la media de la UE.
El Fondo de Transición Justa, o FTJ, aborda los efectos económicos, laborales, sociales y medioambientales en los territorios más afectados por la transición hacia la neutralidad climática. Interreg es el objetivo de cooperación territorial europea respaldado por el FEDER, que conecta a socios de zonas transfronterizas, áreas transnacionales y regiones. Estos instrumentos se solapan en sus objetivos, pero no son intercambiables: una operación relativa a capacidades sociales no es automáticamente un proyecto del FEDER, y la admisibilidad para el Fondo de Cohesión se determina a escala del Estado miembro y no según la categoría de una región.
Para 2021–2027, las regiones incluidas en el objetivo de inversión en empleo y crecimiento se clasifican utilizando el PIB per cápita en estándares de poder adquisitivo: menos desarrolladas, por debajo del 75% de la media de la UE-27; en transición, entre el 75% y el 100%; y más desarrolladas, en el 100% o por encima. Las categorías determinan la asignación y la cofinanciación, aunque también importan otros criterios. La nomenclatura estadística NUTS proporciona unidades territoriales comparables; NUTS 2 es fundamental para calcular la admisibilidad regional.
- FEDER
- Competitividad regional, transformación, infraestructuras y desarrollo territorial.
- FSE+
- Personas, empleo, capacidades, inclusión y ejecución de la política social.
- Fondo de Cohesión
- Apoyo al medio ambiente y a la RTE-T en Estados miembros situados por debajo del umbral de admisibilidad relativo a la RNB.
- FTJ
- Apoyo específico para los territorios que afrontan los efectos más intensos de la transición climática.
- Interreg
- Cooperación transfronteriza, transnacional, interregional y entre regiones ultraperiféricas.
De las normas de la UE a los proyectos locales
El Reglamento (UE) 2021/1060 establece normas comunes de programación, gestión y control. Cada Estado miembro prepara un Acuerdo de Asociación y programas que traducen los objetivos en prioridades, metas y asignaciones. La Comisión los aprueba. Las autoridades de gestión seleccionan los proyectos; las funciones de seguimiento y auditoría comprueban la ejecución.
En régimen de gestión compartida, los Estados miembros gestionan los programas, seleccionan los proyectos, controlan el gasto y recuperan los importes irregulares. La Comisión reembolsa el gasto subvencionable, supervisa el cumplimiento y puede interrumpir o suspender pagos o aplicar correcciones. Los beneficiarios tratan normalmente con las autoridades de gestión, no con la Comisión.
La asociación exige la participación de autoridades públicas, interlocutores sociales y sociedad civil en la preparación, ejecución y evaluación. Entre los principios horizontales figuran la no discriminación, la accesibilidad, la igualdad de género, el desarrollo sostenible, la Carta y la legislación medioambiental.
Objetivos políticos, concentración y salvaguardias
El marco de 2021–2027 organizó originalmente el apoyo del FEDER, el FSE+ y el Fondo de Cohesión en torno a cinco objetivos: una Europa más inteligente, más ecológica, más conectada y más social, además de una Europa más próxima a sus ciudadanos. Los recursos se concentran temáticamente para que la financiación no se fragmente entre todas las actividades posibles. El seguimiento climático, los indicadores de realización y de resultados, la evaluación y el examen del rendimiento vinculan el gasto con el cambio previsto.
Las condiciones favorecedoras son requisitos previos vinculados a una inversión eficaz. Algunas se aplican horizontalmente, incluida la aplicación efectiva de la Carta y la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; otras están asociadas a objetivos específicos. Si no se cumple una condición, el gasto correspondiente puede declararse, pero la Comisión no lo reembolsa hasta que se cumpla la condición. Este mecanismo difiere de la condicionalidad macroeconómica y del reglamento independiente sobre la condicionalidad presupuestaria relativa al Estado de Derecho.
La adicionalidad impide que el apoyo de cohesión de la UE se limite a sustituir un gasto estructural nacional comparable. La cofinanciación deja normalmente parte del coste del proyecto a cargo de otras fuentes. La liberación de compromisos puede cancelar los compromisos no utilizados una vez vencidos los plazos. Por tanto, una asignación no es dinero ya abonado.
Revisión intermedia de 2025: nuevas prioridades y legislación adoptada
La Comisión propuso un paquete modernizado de política de cohesión el 1 de abril de 2025. El Parlamento y el Consejo alcanzaron un acuerdo político en julio y posteriormente adoptaron las modificaciones en septiembre de 2025. El Reglamento (UE) 2025/1914 modificó las normas del FEDER, el Fondo de Cohesión y el FTJ; el Reglamento (UE) 2025/1913 modificó el FSE+. Puesto que ambos entraron en vigor tras su publicación en el Diario Oficial, constituyen legislación promulgada y no propuestas pendientes.
Las modificaciones permiten reorientar los recursos de los programas hacia la defensa y la seguridad, la competitividad y la descarbonización, la vivienda asequible y social, la resiliencia hídrica, la transición energética y los desafíos a los que se enfrentan las regiones fronterizas orientales. Los incentivos financieros incluyen una mayor prefinanciación, una posible tasa superior de cofinanciación de la UE y, cuando se cumplan los umbrales y las condiciones, un período de subvencionabilidad ampliado. La flexibilidad no deroga la misión de cohesión establecida en los Tratados ni permite un gasto sin restricciones ajeno a las normas de los programas.
La revisión utiliza el importe de flexibilidad asociado a las asignaciones de 2026 y 2027. Los cambios de los programas siguen requiriendo asociación, justificación y aprobación de la Comisión. Los importes afectados por el incumplimiento de condiciones favorecedoras horizontales o por medidas de condicionalidad relativas al Estado de Derecho siguen estando protegidos. El aspecto clave para el examen es precisar la situación: abril correspondió a una propuesta; julio, a un acuerdo político provisional; septiembre, a la adopción formal; y la publicación en el Diario Oficial dio lugar a la entrada en vigor.
La cohesión después de 2027
La propuesta de la Comisión de julio de 2025 para el MFP de 2028–2034 reorganizaría gran parte de la financiación ejecutada por los Estados miembros y las regiones mediante planes de asociación nacionales y regionales. La propuesta mantiene la cohesión económica, social y territorial como finalidad esencial, al tiempo que persigue normas más sencillas y vínculos más sólidos entre las reformas, la inversión y las prioridades de la UE. El Consejo alcanzó una posición parcial sobre el reglamento propuesto relativo a los planes en junio de 2026.
A fecha de 17 de agosto de 2026, ninguna arquitectura posterior a 2027 es definitiva. Un mandato parcial del Consejo excluye las cuestiones financieras y horizontales pendientes de resolución, y el Parlamento debe participar en la adopción de la legislación sectorial. Por tanto, los candidatos deben describir el modelo de planes de asociación como una propuesta, mientras aplican a los programas actuales los reglamentos de 2021–2027, modificados en 2025.
Fundamentos jurídicos
Objetivo de la Unión
Compromete a la Unión a promover la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros.
Título sobre la cohesión
Define la misión, los instrumentos y el marco legislativo de las medidas de cohesión.
Reglamento sobre disposiciones comunes
Establece normas compartidas de programación, gestión, seguimiento, control y financiación para los fondos comprendidos.
FEDER/Fondo de Cohesión y FSE+
Establecen los objetivos específicos de cada fondo y su ámbito subvencionable.
Modificaciones de la revisión intermedia
Promulgaron medidas de flexibilidad específicas y nuevas prioridades estratégicas en septiembre de 2025.
Cifras clave
Asignación total aproximada de la UE citada por la Comisión para los fondos de la política de cohesión.
PIB regional per cápita inferior al 75% de la media de la UE-27 en los datos de referencia pertinentes.
PIB regional per cápita comprendido entre el 75% y el 100% de la media de la UE-27.
RNB del Estado miembro por habitante inferior al 90% de la media de la UE.
Cronología de la política
-
2021-06-24
Adopción de los reglamentos de cohesión de 2021–2027
Los colegisladores adoptaron las normas comunes y específicas de cada fondo.
adoptado -
2025-04-01
Propuesta del paquete de modernización
La Comisión propuso modificaciones específicas mediante la revisión intermedia.
propuesta -
2025-07-15
Los colegisladores alcanzan un acuerdo
El Consejo y el Parlamento alcanzaron un acuerdo político provisional.
acuerdo_político -
2025-09-18
Adopción de las normas de la revisión intermedia
El Consejo completó la adopción de los Reglamentos (UE) 2025/1913 y 2025/1914.
adoptado -
2026-06-16
Posición del Consejo sobre los futuros planes
El Consejo acordó una posición negociadora parcial sobre los planes de asociación nacionales y regionales propuestos.
negociación
Errores frecuentes en los exámenes
Umbral regional frente a umbral estatal
Las categorías regionales del FEDER utilizan el PIB regional; la admisibilidad para el Fondo de Cohesión utiliza la RNB del Estado miembro.
Gestión compartida frente a fondos nacionales
Las autoridades nacionales ejecutan los programas, pero el gasto sigue sujeto a las normas de la UE y de los programas bajo la supervisión de la Comisión.
Interreg frente al Fondo de Cohesión
Interreg es la cooperación territorial respaldada por el FEDER; no es otro nombre para el Fondo de Cohesión.
Flexibilidad frente a cambio de misión
Las modificaciones de 2025 añadieron opciones estratégicas, pero no eliminaron el objetivo de reducir las disparidades establecido en los Tratados.
Glosario esencial
- Adicionalidad
- Principio según el cual el apoyo de cohesión de la UE complementa el gasto estructural nacional en lugar de limitarse a sustituirlo.
- Condición favorecedora
- Requisito jurídico previo concebido para garantizar que la inversión apoyada pueda funcionar de manera eficaz y conforme a Derecho.
- NUTS
- Nomenclatura estadística de la UE que proporciona unidades territoriales comparables; NUTS 2 es fundamental para las categorías regionales.
- Acuerdo de Asociación
- Estrategia del Estado miembro que establece la orientación y las disposiciones para los fondos de gestión compartida comprendidos.
- Interreg
- Cooperación territorial europea respaldada por el FEDER entre fronteras y regiones.
Compruebe sus conocimientos
¿Es la política de cohesión una competencia exclusiva de la UE?
¿Qué fondo se centra más directamente en el empleo, las capacidades y la inclusión social?
¿Por qué una región más pobre de un Estado miembro próspero puede recibir apoyo del FEDER mientras dicho Estado no reúne los requisitos del Fondo de Cohesión?
¿Quién selecciona normalmente los proyectos de los programas de cohesión?
¿Siguen siendo propuestas los cambios de la revisión intermedia de 2025?
Fuentes oficiales
Fuentes primarias de la UE. Consultadas en la fecha indicada.
- 01Disposiciones consolidadas de los Tratados sobre la cohesión económica, social y territorialEUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 02Reglamento sobre disposiciones comunes (UE) 2021/1060EUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 03Reglamento del FEDER y del Fondo de Cohesión (UE) 2021/1058EUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 04Reglamento del FSE+ (UE) 2021/1057EUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 05Una política de cohesión modernizada: la revisión intermediaComisión Europea · Consultado 2026-08-17
- 06Reglamento (UE) 2025/1914 sobre desafíos estratégicosEUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 07Reglamento (UE) 2025/1913 por el que se modifica el FSE+EUR-Lex · Consultado 2026-08-17
- 08Adopción de las normas de la revisión intermedia de la política de cohesiónConsejo de la Unión Europea · Consultado 2026-08-17
- 09Política regional y urbanaComisión Europea · Consultado 2026-08-17