Resumen
Competencias de los Tratados, instituciones, agencias, responsabilidad operativa, niveles de financiación y control de los derechos fundamentales.
Estado del módulo
- •Itinerario: Fundamentos de la UE
- •Última verificación: 2026-07-31
- •Fecha límite jurídica: Legislación adoptada antes del 28 de mayo de 2024.
- •Alcance: Preparación independiente para la oposición; las fuentes oficiales prevalecen siempre.
La competencia precede al instrumento
Empiece cada problema de política pública identificando la base jurídica, el actor y el instrumento. La Unión solo puede actuar dentro de las competencias que le atribuyen los Tratados. La subsidiariedad rige las competencias no exclusivas; la proporcionalidad rige el contenido y la forma de la actuación de la Unión.
| Ámbito | Fundamento en los Tratados | Consecuencia principal |
|---|---|---|
| Protección civil | Artículo 196 del TFUE | La acción de la Unión apoya, coordina y complementa la de los Estados miembros; se excluye la armonización |
| Ayuda humanitaria | Artículo 214 del TFUE | Las medidas de la Unión y las nacionales se complementan y refuerzan mutuamente |
| Cláusula de solidaridad | Artículo 222 del TFUE | La Unión y los Estados miembros actúan conjuntamente tras un atentado terrorista o una catástrofe natural o de origen humano |
| Controles fronterizos, asilo e inmigración | Artículos 77–80 del TFUE | Espacio de libertad, seguridad y justicia; se aplican la solidaridad y el reparto equitativo de responsabilidades |
| Cooperación policial | Artículo 87 del TFUE | Se permite la cooperación operativa entre las autoridades competentes |
| Cooperación judicial en materia penal | Artículos 82–86 del TFUE | Reconocimiento mutuo, aproximación y organismos como Eurojust y la Fiscalía Europea |
Instituciones bajo presión
La Comisión propone legislación, gestiona programas, supervisa su aplicación y puede iniciar procedimientos de infracción. El Parlamento y el Consejo suelen legislar conjuntamente. El Consejo también se encarga de la coordinación política entre los Estados miembros. El Consejo Europeo fija la orientación estratégica, pero no legisla.
Las agencias respaldan la aplicación sin sustituir la responsabilidad nacional. Frontex apoya la gestión europea integrada de las fronteras. Europol apoya y refuerza la actuación de los Estados miembros contra la delincuencia transfronteriza grave y el terrorismo, pero no ejerce poderes coercitivos autónomos. eu-LISA gestiona sistemas de información a gran escala en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior. La EUAA favorece una aplicación coherente del sistema común de asilo.
Las políticas, las operaciones y la financiación son niveles diferentes
Un responsable de políticas debe mantener separados tres niveles:
- •Normativo: tratado, reglamento, directiva, decisión y acto de ejecución.
- •Operativo: autoridad nacional, agencia de la UE, centro de coordinación, equipo desplegado o recurso de respuesta.
- •Financiero: objetivo del programa, admisibilidad, adjudicación, control, seguimiento, evaluación y recuperación.
Confundir los distintos niveles provoca errores típicos en los cuestionarios de opción múltiple. Financiar una capacidad no supone transferir el mando. La coordinación no elimina las competencias de los Estados miembros. El mandato de una agencia no constituye una potestad general para legislar.
Control del respeto de los derechos fundamentales
La Carta de los Derechos Fundamentales vincula a las instituciones de la UE y a los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la UE. Entre las garantías pertinentes se incluyen la dignidad, la libertad, la protección de datos, el asilo, la no devolución, la tutela judicial efectiva y los derechos del niño. Las limitaciones deben tener una base jurídica, respetar el contenido esencial del derecho y cumplir los requisitos de necesidad y proporcionalidad.