Resumen
Procedimiento legislativo ordinario, actos jurídicos, delegación, ejecución, decisiones prejudiciales y garantía del cumplimiento.
Estado del módulo
- •Itinerario: Conocimientos de la UE de EPSO — nivel normal
- •Última verificación: 2026-09-08
- •Alcance: Preparación independiente adaptada a la convocatoria oficial C/2026/4668; las fuentes oficiales prevalecen siempre.
Procedimiento legislativo ordinario
La Comisión suele presentar una propuesta. El Parlamento y el Consejo actúan como colegisladores. Pueden aprobarla en primera lectura, continuar con una segunda lectura o recurrir a la conciliación. Un diálogo tripartito es una negociación interinstitucional informal; la adopción formal sigue rigiéndose por los procedimientos establecidos en los Tratados.
Actos y aplicación
Un reglamento es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable. Una directiva obliga a los Estados miembros en cuanto al resultado, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios. Una decisión es obligatoria en todos sus elementos para sus destinatarios. Las recomendaciones y los dictámenes no son vinculantes.
Un acto delegado completa o modifica elementos no esenciales de un acto legislativo en virtud del artículo 290 del TFUE. Un acto de ejecución establece condiciones uniformes para la ejecución en virtud del artículo 291 del TFUE. La delegación no puede transferir elementos esenciales reservados al poder legislativo.
Contexto judicial y de aplicación de la normativa
Los órganos jurisdiccionales nacionales aplican el Derecho de la Unión. El procedimiento prejudicial les permite consultar al Tribunal de Justicia sobre su interpretación o validez. La Comisión puede iniciar un procedimiento de infracción cuando considera que un Estado miembro ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados.